miércoles, 24 de septiembre de 2014

¿Cómo regularizará la Junta las 25.000 viviendas ilegales?

Andalucía / medio ambiente

Miles de casas en suelos no urbanizables podrán acceder a los servicios de luz y agua e inscribirse en el registro de la propiedad con un nuevo decreto de la Junta

Fue la pasada semana, en el Debate del Estado de la Comunidad en el Parlamento, cuando la presidenta de la Junta, Susana Díaz, anunció una modificación de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), concretamente el artículo 185, para permitir la regularización de alrededor de 25.000 viviendas construidas en suelos no urbanizables, sin ningún tipo de licencia municipal, y que por lo tanto son ilegales. El anuncio se tradujo en una propuesta de resolución del Grupo Socialista, que contó con el rechazo de Izquierda Unida, socio del PSOE en el Ejecutivo, pero que salió adelante con la abstención del Grupo Popular.

¿Cómo se articulará?

Fuentes de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio señalaron que será a través de un nuevo decreto donde quedará recogida la modificación del artículo 185 de la mencionada Ley de Ordenación Urbanística. El departamento que dirige María Jesús Serrano insiste en que no se trata de una amnistía ni de una legalización, sino de regularizar una situación que afecta a unos 25.000 inmuebles.

Beneficiarios

Serán los propietarios de unas 25.000 viviendas que se encuentran principalmente en las provincias de Málaga y Almería, levantadas en suelos no urbanizables, que no han podido ser regularizadas hasta el momento a través del decreto que la Junta aprobó en el año 2012.

¿Cuál es la novedad?

Con el decreto del año 2012 han podido regularizarse viviendas aisladas, edificaciones construidas en suelos no urbanizables o rústicos. Sin embargo, quedaron fuera las casas levantadas en parcelaciones, la división de terrenos en dos o más lotes. El artículo 185 de la LOUA no prevé la prescripción de las parcelaciones, y por lo tanto nunca podrán ser regularizadas las viviendas construidas en esos terrenos. El nuevo decreto tendrá que «desactivar» el mencionado artículo y afectará a este último grupo de casas, que tendrán la consideración de edificaciones «asimiladas al régimen de fuera de ordenación» (AFO). En cualquier caso, las parcelaciones no podrán tener las características de un asentamiento urbanístico de grandes dimensiones, cuya regularización, si procede, corresponde a los Planes Generales mediante su clasificación como suelo urbano o urbanizable.

¿A qué tendrán derecho?

Un vez regularizadas podrán contar con los servicios básicos de luz, agua y saneamiento, y asimismo tendrán la posibilidad de acceder al Registro de la Propiedad. No obstante, no se les otorgará licencia de primera ocupación, por lo que no podrán realizar obras de ampliación, etc. En el decreto del año 2012 se indicaba que una construcción una vez regularizada no podrá ser objeto de demolición ni de sanción por parte de la Administración competente.

¿Qué requisitos se precisan?

Las viviendas que se quieran regularizar deberán tener más de seis años de antigüedad, no estar en suelos protegidos o con riesgo naturales y no tener abierto ningún proceso judicial o alguna sanción administrativa. Las viviendas en suelos protegidos o en zonas inundables son susceptibles de ser derribadas, si bien para llegar a esta situación se tiene que cumplimentar un proceso administrativo que en cualquier caso debe tener como colofón una orden judicial.

¿Consecuencias políticas?

La Junta de Andalucía se ha apresurado a señalar que la actuación tiene por objetivo sacar del «limbo jurídico» a las alrededor de 25.000 viviendas construidas sobre parcelaciones. IU, no obstante, advirtió que la medida tenía tintes electoralistas, dada la proximidad de la precampaña para los próximos comicios locales. Esta formación consideró que la medida se ha adoptado de forma «precipitada» y añadió que se trata de un asunto «muy complejo».

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