lunes, 22 de abril de 2019

El Ayuntamiento estudia los efectos del fallo del IBI en las parcelaciones

 

CONSECUENCIAS DE LA última sentencia DEL SUPREMO

Hay disparidad de criterios sobre la repercusión que tendrá en Córdoba. Alba Doblas explica que lo primero será aclarar las dudas jurídicas existentes

 
Edificaciones en el entorno de Medina Azahara. - A.J. GONZÁLEZ
Isabel Leña
23/04/2019
El Ayuntamiento analiza la nueva sentencia del Tribunal Supremo en relación al cobro del IBI urbano en parcelaciones ilegales, que el Consejo del Movimiento Ciudadano considera fundamental y que llevará hoy a un pleno, en el que, si no hay cambios, aprobará reclamar al Consistorio la revisión de oficio y con carácter retroactivo de los cobros indebidos. La teniente de alcalde de Hacienda, Alba Doblas, asegura que el Ayuntamiento está «valorando» si la sentencia tiene repercusión en Córdoba. Doblas señala que «primero aclararemos las dudas jurídicas, para, en su caso, adoptar las decisiones acertadas y ajustadas a derecho».
La sentencia, que es bastante compleja, considera que no se debe cobrar el IBI urbano a un inmueble situado en suelo urbanizable que perdió ese carácter al quedar anulado el planeamiento y que volvió a ser no urbanizable de especial protección. En relación a este fallo judicial y a su repercusión en las parcelaciones de Córdoba, hay disparidad de criterios entre los abogados consultados. Uno de ellos, Cecilio Valverde, piensa que la sentencia del Supremo «sienta un principio importante», que «no se puede aplicar el valor catastral como urbano a un suelo no urbanizable de especial protección». En Córdoba hay suelos que pagan IBI urbano a pesar de ser no urbanizables de especial protección. Ahora bien, advierte de que no se puede impugnar un recibo con la liquidación del IBI si antes no se ha impugnado el valor que ha notificado el Catastro, a menos que existan circunstancias excepcionales. Según explica, las liquidaciones de la mayoría de las parcelaciones en Córdoba son firmes, por lo que el fallo podría tener efectos, pero, de cara al futuro.
otro experto, que prefiere mantenerse en el anonimato, coincide en que la sentencia, al igual que otras anteriores, da la posibilidad de impugnar el valor catastral impugnado el recibo pero solo en supuestos excepcionales.
Otro abogado consultado tiene claro que son supuestos distintos los que recoge el fallo del Supremo sobre unos terrenos de Madrid y la situación de Córdoba, donde «los parcelistas pagan IBI porque están haciendo un uso urbano de un suelo que no lo es».
Un cuarto letrado señala que se exige el IBI urbano en base a un artículo de la Ley del Catastro (7.2.d) por la «ocupación por asentamientos de población con independencia del grado de concentración de las edificaciones y cualquiera que sea el hábitat en que se localicen», es decir, «se les cobra el IBI porque son núcleos de población, independientemente de la calificación del suelo», por lo que piensa que procede seguir cobrándolo. No obstante, explica que, a raíz de varios recursos, en las Pitas (entorno de Medina Azahara) se consiguió una regularización catastral y, según indica, desde el 2015 el Catastro distingue entre parcela edificada y sin edificar, y cobra el IBI urbano a la que tiene vivienda y el rústico a la que no.

El movimiento ciudadano exige la revisión de cobros indebidos de IBI a las parcelaciones


 consecuencias DE UNA SENTENCIA DEL SUPREMO en las parcelaciones

Afirma que no se ha de pedir el impuesto urbano a parcelas sin plan parcial aprobado. El CMC aprobará mañana reclamar al Ayuntamiento el examen de oficio


Isabel Leña
22/04/2019
El Consejo del Movimiento Ciudadano (CMC) exigirá al Ayuntamiento la revisión de oficio de los cobros «indebidos» que se están produciendo del IBI urbano, y con efectos retroactivos, ya que asegura que está recaudando el impuesto en «parcelas que no debe porque no tienen aprobado el plan parcial de forma definitiva» con el argumento de que el Catastro «las tiene así calificadas», según explica el presidente de este órgano de participación, Juan Andrés de Gracia. El punto llegará mañana al pleno del CMC después de la sentencia del Tribunal Supremo de marzo del 2019 (que afecta a los terrenos del ámbito Ciudad Aeroportuaria-Parque de Valdebebas, en Madrid) que, según explica, dice a los ayuntamientos que «no pueden demorar dejar de cobrar el IBI urbano» a las parcelas y que «no se escuden en el retraso del Catastro». El CMC lleva cinco años pidiendo al Ayuntamiento de Córdoba, sin éxito, que incluya en sus ordenanzas fiscales la reducción del IBI a las viviendas de parcelaciones que no cuentan con servicios básicos mientras los consiguen al estimar que si no los tienen, no pueden ser consideradas urbanas.
De Gracia explica que desde hace años los ayuntamientos, incluido el de Córdoba, están cobrando el IBI urbano «a viviendas y terrenos que están en parcelaciones ilegales a pesar de no ser urbanos» y eso se está produciendo incluso en zonas protegidas como el entorno de Medina Azahara. «Hubo un momento -afirma- en el que los parcelistas creían que abonando el IBI urbano tenían derecho a los servicios», pero el tiempo ha pasado y la realidad es que «no ha sido así y siguen pagando sin tener acceso» a los mismos. Según De Gracia, «no es que no quieran pagar», el problema es que, tras llevar años haciéndolo, carecen de servicios».
Ya hubo una sentencia del Supremo de mayo del 2014 que dice que para cobrar el IBI urbano en una parcelación, debe tener al menos un plan parcial aprobado, por lo que De Gracia estima que «hay un montón de gente que tiene derecho a no pagar y a recuperar parte del dinero», pero el Ayuntamiento «ha mirado para otro lado». El fallo señalaba que no es posible calificar catastralmente como urbanos terrenos que, aunque tengan la consideración de urbanizables en el PGOU y estén sectorizados, no posean instrumento de planeamiento aprobado. De Gracia explica que el problema es que mientras el Catastro siga calificando como urbano un terreno, el Ayuntamiento no puede devolver al contribuyente el IBI urbano y exigirle el rústico. Por ello, piensa que los ayuntamientos son los que deben dirigirse al Catastro para que modifique la valoración de los terrenos urbanizables sin plan aprobado, cosa que no están haciendo. A esto se une que los ciudadanos que acuden al Catastro para reclamar se encuentran con que este les insta a ir al juzgado.

domingo, 14 de abril de 2019

Parcelistas piden el acceso "efectivo" al agua potable y saneamiento ante una normativa "farragosa"

 

La Coordinadora Andaluza por la Legalización Urbanística afirma que "el agua y el saneamiento son un derecho humano"

 
Parcelaciones en la periferia de Cordoba. - Foto: CÓRDOBA
14/04/2019
La Coordinadora Andaluza por la Legalización Urbanística (CALU), con sede en Córdoba, reclama el acceso "efectivo" al agua potable y al saneamiento después de que se cuenta con una normativa "farragosa y de difícil aplicación", que establece procedimientos "caros y lentos" que, "en no pocos casos, siguen impidiendo su ejercicio efectivo por las personas".
En un manifiesto remitido a Europa Press por la coordinadora, se expone que la Organización de las Naciones Unidas (ONU) declaró en el año 2010 que "el derecho al agua potable y al saneamiento es un derecho humano esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos", así como que es un derecho que "tiene toda persona, sin ningún tipo de discriminación, a disponer de agua suficiente, segura, aceptable, accesible y asequible para el uso personal y doméstico".
PUBLICIDADsin embargo, subrayan que "nueve años después, no solo se sigue con las mismas normas restrictivas para acceder a estos servicios, sino que cuando en el Parlamento de Andalucía se han dictado otras para sustituirlas, no se ha superado la condición de burdo remiendo inaceptable que perpetúa la situación de incumplimiento".Al respecto, desde CALU ven "una vergüenza democrática" que las últimas modificaciones legislativas de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) "en lugar de encaminarse a un reconocimiento nítido de estos derechos, simplificando y abaratando su forma de implantación, se ha optado por una normativa farragosa y de difícil aplicación".asimismo, señalan que desde que en 1978 se aprobó la Constitución Española "es de aplicación su artículo 10, párrafo segundo", en el que se indicar que "las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con La Declaración Universal de los Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España".
No obstante, los colectivos de parcelas advierten de que "cuando hoy día se solicitan licencias a la administración para acceder a estos servicios esenciales al amparo de cláusulas indeterminadas, se siguen denegando impunemente".
Es por ello que exigen que "estos derechos sean reconocidos como de aplicación automática e inviolable, eliminando por inconstitucional y contrario a los Derechos Humanos, cualquier norma restrictiva o de dudosa interpretación", a la vez que manifiestan que "no existe justificación para que, a estas alturas, no exista una norma de carácter imperativo, no susceptible de ser interpretada en sentido contrario, que establezca que ninguna administración pública, podrá jamás denegar el acceso a estos servicios a cualquier ciudadano".
En definitiva, la Coordinadora Andaluza por la Legalización Urbanística enfatiza que "ya es hora de que Andalucía y España se conviertan en un Estado de Derecho en toda su dimensión", porque "el agua y el saneamiento son un derecho humano", de manera que "el acceso a la cuantía mínima por persona no es negociable, ni restringible", defienden desde el colectivo de parcelas.

jueves, 4 de abril de 2019

Exigen más seguridad contra los incendios en Trassierra

PETICIÓN DEL CONSEJO DEL MOVIMIENTO CIUDADANO

Adecentar caminos y ayudas para el grupo de Pronto Auxilio, entre las demandas

 
Uno de los incendios ocurridos en Trassierra. - CÓRDOBA

Isabel Leña
05/04/2019
El Consejo del Movimiento Ciudadano (CMC) exige más medidas de seguridad contra los incendios en Trassierra. El CMC, en su último pleno, denunció «los incumplimientos del Ayuntamiento», ya que, según ha explicado su presidente, Juan Andrés de Gracia, el consejo de distrito de Trassierra había solicitado que el grupo de Pronto Auxilio de Siete Fincas tuviese «apoyo municipal para realizar su labor», cosa que no ha ocurrido. A esto se une que tampoco se ha atendido la demanda de adecentar caminos, entre ellos el que parte del Lagar de la Cruz, «para que sirva como vía de emergencia y evacuación». Además, lamenta que «todas las zonas que envuelven a Trassierra están llenas de vegetación, lo que puede provocar una catástrofe».
De Gracia ha recordado que siguen faltando servicios a pesar de ser suelo urbano y que no se ha impulsado la modificación del PGOU para incluir asentamientos de suelo no urbanizable y viviendas aisladas y para eliminar protección. Continúa pendiente, aunque su reactivación se anunció para este mandato, el plan de la Sierra, respecto al que el CMC reclama que vuelva al punto de partida. El CMC se muestra «preocupado» porque «no se resuelven los problemas de la Sierra» y asegura que ni siquiera «hay seguridad de que llegue el agua de Emacsa» a pesar del protocolo firmado con la Junta.
El CMC hace suyas las quejas y demandas del consejo de distrito de Trassierra, que en un escrito muestra su malestar al «no haberse cumplido ninguno de los objetivos planteados», entre ellos un plan de prevención de los riesgos de incendios o resolver el problema de agua de las Jaras.

Dia de conviencia y concurso de migas en siete fincas

  El pasado sabado dia 3 de Febrero de 2024, en el recinto de adaros se celebro un gran dia de convivencia vecinal, organizado por la av. si...