EL SUPREMO DEFIENDE EL COBRO DEL URBANO SOLO EN SUELOS URBANIZADOS
Los
representantes de los distintos colectivos de parcelaciones de Córdoba
están estudiando a fondo una sentencia del 30 de mayo del Tribunal
Supremo relativa a un caso de Badajoz que podría tener efectos en
Córdoba por su repercusión a nivel estatal. El fallo judicial, cuyo
alcance está estudiando también la Federación de Asociaciones de Vecinos
Al--Zahara, desestima un recurso interpuesto por la Abogacía General
del Estado y la Dirección General del Catastro contra una sentencia del
TSJA, que daba la razón a una fundación que defendía que su finca era
terreno urbanizable pero no había iniciado el proceso de urbanización al
no tener aprobado el instrumento de desarrollo, por lo que tendría que
pagar el IBI rústico y no el urbano.
El presidente de la mancomunidad de juntas de compensación Alamiriya, Manuel Sánchez, considera que la sentencia tendrá un doble efecto. Por un lado, aunque reconoce que "recuperar lo ya cobrado es difícil, porque habría que ir al juzgado", señala "que el que haya pagado este año puede reclamar", y anima a ello, ya que "el IBI es abusivo", sobre todo, a raíz de la subida de las valoraciones --de hasta un 30%-- que denunció Alamiriya. Además, cree que "obligará a gobiernos autónomos y locales a acelerar los procesos de regularización de terrenos urbanizables, dotándolos de los servicios básicos para que sean considerados urbanos y poderles aplicar el IBI urbano que la sentencia les prohíbe". Sánchez considera "injusto" el cobro del IBI urbano en base a que el terreno "lo será alguna vez", lo que implica pagar por unos servicios inexistentes. Calcula que en Córdoba en suelo urbanizable hay 50.000 familias.
El Abogado del Estado, en los argumentos que plasma la sentencia, avisa de que esta doctrina será "dañosa para el interés general" por su alcance, que va más allá del IBI, ya que repercute en otros impuestos. Calcula que a nivel nacional afectaría a 900.000 inmuebles. El Supremo reconoce que la "repercusión económica puede ser importante" y augura litigios. Aunque hay que tener en cuenta la normativa de cada comunidad y los planes urbanísticos de cada municipio --con sus propias tipologías de suelo--, deja claro que no todo el urbanizable tiene "per se la consideración catastral de suelo urbano". Señala que ante la disparidad existente, hay que seguir los criterios de texto refundido de la Ley de Suelo, es decir, un terreno es rural hasta que acabe la actuación de urbanización. Por su parte, el Ayuntamiento no ha estudiado el fallo pero, a priori, no cree que tenga repercusión en Córdoba.
El presidente de la mancomunidad de juntas de compensación Alamiriya, Manuel Sánchez, considera que la sentencia tendrá un doble efecto. Por un lado, aunque reconoce que "recuperar lo ya cobrado es difícil, porque habría que ir al juzgado", señala "que el que haya pagado este año puede reclamar", y anima a ello, ya que "el IBI es abusivo", sobre todo, a raíz de la subida de las valoraciones --de hasta un 30%-- que denunció Alamiriya. Además, cree que "obligará a gobiernos autónomos y locales a acelerar los procesos de regularización de terrenos urbanizables, dotándolos de los servicios básicos para que sean considerados urbanos y poderles aplicar el IBI urbano que la sentencia les prohíbe". Sánchez considera "injusto" el cobro del IBI urbano en base a que el terreno "lo será alguna vez", lo que implica pagar por unos servicios inexistentes. Calcula que en Córdoba en suelo urbanizable hay 50.000 familias.
El Abogado del Estado, en los argumentos que plasma la sentencia, avisa de que esta doctrina será "dañosa para el interés general" por su alcance, que va más allá del IBI, ya que repercute en otros impuestos. Calcula que a nivel nacional afectaría a 900.000 inmuebles. El Supremo reconoce que la "repercusión económica puede ser importante" y augura litigios. Aunque hay que tener en cuenta la normativa de cada comunidad y los planes urbanísticos de cada municipio --con sus propias tipologías de suelo--, deja claro que no todo el urbanizable tiene "per se la consideración catastral de suelo urbano". Señala que ante la disparidad existente, hay que seguir los criterios de texto refundido de la Ley de Suelo, es decir, un terreno es rural hasta que acabe la actuación de urbanización. Por su parte, el Ayuntamiento no ha estudiado el fallo pero, a priori, no cree que tenga repercusión en Córdoba.
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