Con
su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), ayer entró
en vigor la innovación del PGOU realizada para incorporar un artículo
que especifica qué requisitos deben cumplir las viviendas ilegales para
ser catalogadas como Asimilado al Fuera de Ordenación (AFO), figura que
no las legaliza pero sí las reconoce permitiendo la inscripción en el
Registro, la dotación de servicios básicos y obras de acondicionamiento.
La innovación fue aprobada por Urbanismo el 22 de enero y por el Pleno
el 11 de febrero. Sin embargo, le quedaba la inscripción en el Registro
Autonómico de Instrumentos de Planeamiento y la publicación en el BOP.
Con este último paso, Urbanismo dispone de la herramienta que le
permitirá evaluar si una vivienda ilegal está en condiciones o no de ser
AFO. La gran novedad es que las normas servirán tanto para suelo no
urbanizable, como urbano y urbanizable. De esa forma, Urbanismo va más
allá de lo que exigía la Junta en su decreto.
En cuanto a los requisitos, las viviendas no deben generar impactos que pongan en peligro las condiciones de seguridad, salubridad, ambientales o paisajísticas. En este sentido, no deben alterar gravemente la contemplación del patrimonio histórico. Otro requisito es que han de contar con medidas que garanticen la seguridad ante avenidas o escorrentías, protección contra incendios, sistema de abastecimiento de agua --la potabilidad debe quedar garantizada--, red de saneamiento --nada de pozos ciegos--, y eliminación de residuos sólidos. Las viviendas que tendrán más dificultad para el AFO son las de Medina Azahara, Sierra e inundables.
Según se desprende del inventario realizado por Urbanismo, un 68% de las casas construidas en suelo no urbanizable se encuentran en zonas con riesgo de inundación o incendio, lo que supone un hándicap, aunque no insalvable, para el AFO.
En cuanto a los requisitos, las viviendas no deben generar impactos que pongan en peligro las condiciones de seguridad, salubridad, ambientales o paisajísticas. En este sentido, no deben alterar gravemente la contemplación del patrimonio histórico. Otro requisito es que han de contar con medidas que garanticen la seguridad ante avenidas o escorrentías, protección contra incendios, sistema de abastecimiento de agua --la potabilidad debe quedar garantizada--, red de saneamiento --nada de pozos ciegos--, y eliminación de residuos sólidos. Las viviendas que tendrán más dificultad para el AFO son las de Medina Azahara, Sierra e inundables.
Según se desprende del inventario realizado por Urbanismo, un 68% de las casas construidas en suelo no urbanizable se encuentran en zonas con riesgo de inundación o incendio, lo que supone un hándicap, aunque no insalvable, para el AFO.
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