No deben alterar la contemplación del paisaje ni elementos del patrimonio. Tienen que contar con sistema de abastecimiento y red de evacuacion
ISABEL LEÑA 08/03/2013
Año y pico después de la entrada en vigor del decreto de la Junta para la regularización de las edificaciones en suelo no urbanizable, la consejería que dirige el cordobés Luis Planas --Agricultura, Pesca y Medio Ambiente-- ha aprobado las normas que deben tener en cuenta los ayuntamientos antes de otorgar el asimilado al fuera de ordenación (AFO), figura que posibilita los servicios básicos con una serie de condiciones. La normativa, publicada ayer en el BOJA, establece las pautas para que los ayuntamientos elaboren sus inventarios de viviendas y la ordenanza con las condiciones mínimas de habitabilidad. El Ayuntamiento de Córdoba, por ejemplo, tiene ya parte del camino andado, ya que lleva unos meses trabajando en un avance que recoge más de 1.600 casas aisladas, más de 2.100 en asentamientos y más de 160 en hábitat rural diseminado; y en una ordenanza que pretende extender al suelo urbanizable.
La Junta exige en esta normativa que las edificaciones reúnan requisitos de accesibilidad y que no generen impacto sobre el paisaje. La normativa indica que no deben alterar "gravemente la contemplación del paisaje y de los elementos singulares del patrimonio histórico". Además de contar con medidas de protección contra incendios, las casas han de disponer de sistema de abastecimiento de agua, red de evacuación de aguas residuales y depuración no contaminante --no valen los pozos ciegos--. Si el agua proviene de pozos, aljibes o balsas, deben estar ubicados de forma que no haya riesgo de contaminación.
La Junta exige en esta normativa que las edificaciones reúnan requisitos de accesibilidad y que no generen impacto sobre el paisaje. La normativa indica que no deben alterar "gravemente la contemplación del paisaje y de los elementos singulares del patrimonio histórico". Además de contar con medidas de protección contra incendios, las casas han de disponer de sistema de abastecimiento de agua, red de evacuación de aguas residuales y depuración no contaminante --no valen los pozos ciegos--. Si el agua proviene de pozos, aljibes o balsas, deben estar ubicados de forma que no haya riesgo de contaminación.
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